Zona Franca / Zec

El Puerto de Las Palmas tiene una gran tradición de Puerto Franco que se origina en 1852.
Este modelo se ha perfeccionado con las ventajas que ofrece el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (en adelante, REF), que define y regula un espacio singular en el mundo comparable al de otras zonas off shore.
De esta manera, el Puerto de Las Palmas desarrolla una Zona Franca, cuyas empresas se pueden beneficiar además de otro incentivo fiscal: la Zona Especial Canaria (ZEC).

ZONA FRANCA:
La Zona Franca de Gran Canaria se proyecta en un área de más de un millón de metros cuadrados en los Puertos de Las Palmas y Arinaga. Se ofrecen zonas logísticas totalmente urbanizadas a las empresas dedicadas la producción, transformación, manipulación y comercialización de mercancías que deseen instalarse en ellas.
Las empresas ubicadas en la Zona Franca de Gran Canaria gozan de una serie de ventajas aduaneras y fiscales específicas, fruto de la legislación relativa a zonas francas en la Unión Europea y del REF de Canarias.
Exención del pago de aranceles a la entrada de la mercancía en la zona.
Exención de pagos de impuestos indirectos por los procesos de adecuación de la mercancía, tales como etiquetado, embalaje o re-envasado, previos a su salida.
Posibilidad de acogerse paralelamente a las ventajas fiscales de la Zona Especial Canaria.
Posibilidad de dotar fondos a la Reserva para Inversiones de Canarias, o bien utilizar fondos RIC para el establecimiento de la firma en zona franca.
Ubicación en un puerto estratégico para la logística internacional, con más de un millón de TEUs de tráfico anual y conexiones directas con los más importantes puertos africanos, americanos y europeos.
Acceder a la página web “Zona Franca” http://www.zonafranca.org/

ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
La ZEC es una zona de baja tributación que se crea en el marco del REF de Canarias, con la finalidad de promover el desarrollo económico y social del Archipiélago y diversificar su estructura productiva.
La ZEC fue autorizada por la Comisión Europea (CE) en el mes de enero de 2000 y está regulada por la Ley 19/94 de 6 de julio de 1994.
En general pueden instalarse en la ZEC, todas aquellas entidades y sucursales que pretendan desarrollar una actividad industrial, comercial o de servicios, encuadradas dentro de un listado de actividades permitidas.
Las Entidades ZEC estarán sujetas al Impuesto sobre Sociedades vigente en España, a un tipo impositivo reducido del 4%. Este tipo impositivo reducido se aplicará sobre unos límites de base imponible atendiendo a la creación de empleo.
Acceder a la página web “ZEC”
https://canariaszec.com/